viernes, 30 de enero de 2009

Destituido, Presidente de Cadivi,

Entronointeligente: "Lo que era un rumor persistente hace varias semanas se materializó ayer. El Presidente de la República destituyó a Manuel Barroso, presidente de la comisión de Administración de Divisas- Cadivi-, por los múltiples problemas que se han generado en el país por la ausencia de dólares preferenciales, sobre todo de desabastecimiento de alimentos y medicinas, en plena campaña electoral de cara a la enmienda constitucional. El actual ministro de Industrias Ligeras y Comercio, Wiiliam Contreras, sustituiría a Barroso. Al Milco llegaría el ex ministro de educación Aristóbulo Istúriz".
Extraoficialmente se conoció que en las esferas más altas del Ministerio de Finanzas había mucho malestar por los presuntos hechos de corrupción con dólares a Bsf. 2,15, que se están conociendo desde hace varios días. De esta situación estaba enterado, y advertido, Manuel Barroso. No se supo si el expresidente de Cadivi irá a otro cargo en el Gobierno. Usuarios esperanzados. Ante la noticia, el presidente de la Asociación Civil Anauco, Roberto León Parilli, dijo a Notitarde que "no nos alegra en modo alguno pero sí queremos decirle al país que la gestión de Manuel Barroso criminal izó a la clase media venezolana pues siempre se le acusó de participar en ilícitos cambiarios, situación que sometía al escario público a los usuarios de tarjetas de crédito y que requerían dólares preferenciales para sus gastos. El hecho de asignar cupos de consumo en dólares a la gente las condena a la segregación". León Parilli, quien agrupó a miles de denuncias de usuarios de los llamados "cupos Cadivi", considera que el control de cambios no tiene razón de ser."Los controles y sus malos manejos son los causantes de la corrupción y eso lo debe atacar al nuevo presidente de Cadivi".

jueves, 29 de enero de 2009

Unidad Tributaria de 46 Bs.F a 60 Bs.F

El Tiempo: "La Unidad Tributaria, una vez que el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat), consigne ante la Asamblea Nacional el comportamiento de la inflación del ejercicio anterior, se cotizará en 60 Bolívares Fuertes, anunció el Economista Yoni Toro Gélves, coordinador regional de Alianza para el Cambio (Alcambio). Indicó que el Banco Central de Venezuela (BCV), informó recientemente, que la inflación al cierre del año 2008 fue de de 30.9 por ciento, y según lo establecido en el Código Orgánico Tributario (COT), la unidad tributaria tiene que aumentar de acuerdo al resultado del índice de precios al consumidor. Es preciso recordar que la unidad tributaria en el año 2008 fue de 46 bolívares fuertes y si se aplica el ajuste por inflación para este año 2009, la unidad de este ejercicio llegará a 60 bolívares fuertes. Explicó Toro que según la normativa tributaria, el Seniat este mes tiene que entregar a la Asamblea Nacional el nuevo valor de la unidad tributaria. El incremento de la misma implicará por ejemplo, ajustes en las multas, impuestos de salida, entre otros aspectos que usa esa medida".

Gobierno tomará control de importación de alimentos si es necesario

EL UNIVERSAL: 11:38 AM Caracas.- El Vicepresidente Ejecutivo, Ramón Carrizales, aseguró esta mañana en rueda de prensa junto a los ministros de Alimentación e Industrias Ligeras y Comercio que el Gobierno no descarta tomar el control de la importación de alimentos para garantizar el suministro a la población.
"Así como hay medios de comunicación que actúan como partidos políticos, hay organizaciones empresariales que también lo están haciendo" afirmó Carrizales, quien considera que el tema del desabastecimiento forma parte de una campaña mediática en la que también son clave los temas de la inseguridad y las protestas estudiantiles, a menos de tres semanas del referéndum por la enmienda constitucional.
Se refirió en particular al tema de las caraotas al dar a conocer que "el año pasado se otorgaron licencias para importar cerca de 70 mil toneladas de caraotas, el consumo nacional está sobre las 80 mil (toneladas). Se otorgaron los permisos, los dólares están disponibles, se otorgó la autorización de los dólares para la importación y esos importadores privados que asumieron ese compromiso dejaron de traer unas 37 mil toneladas aproximadamente".
En este sentido, Carrizales aseguró que se está evaluando a las empresas dedicadas específicamente a la actividad de importación porque se les otorgaron los permisos y "no cumplieron con el compromiso", según indicó.
"Si ustedes no actúan con sinceridad, con honestidad, nosotros entonces lo tendremos que ir asumiento de manera progresiva" la actividad importadora, recalcó el funcionario.
El Vicepresidente informó también que en estos momentos hay pleno abastecimiento de azúcar, tanto a nivel de inventarios como de silos y en particular en las redes manejadas por el Gobierno. Advirtió que a quienes "quieran retenerla para chantajear por un incremento de precio les puede costar caro".
"Vamos a estar muy activos poniendo los productos en la calle, en los mercados a cielo abierto", dijo.

Cambio de Institución Financiera; Personas naturales

En los casos en que el usuario desee cambiar de institución financiera emisora de la tarjeta de crédito, deberá notificarlo a través de medios electrónicos a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), quedando suspendida de inmediato la autorización de divisas otorgada.
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) procederá asimismo, a notificar a al institución financiera emisora de la tarjeta de crédito, la voluntad del usuario de realizar el cambio. Providencia N° 084/07 Diciembre 27 del 2007 Art.29
Art. 30. Una vez recibida la notificación a que se refiere el artículo anterior, la institución financiera emisora de la tarjeta de crédito, deberá bloquear de manera inmediata el uso de la misma para consumos en el exterior, y tendrá un lapso máximo de 30 días hábiles bancarios para efectuar el reporte de consumos por ante esta Comisión.
Transcurrido el lapso previsto en el presente artículo, el usuario podrá realizar una nueva solicitud de AAD ante CADIVI la cual estará sujeta a los montos que determine esta Comisión, una vez evaluado el reporte a que se refiere este artículo.

martes, 27 de enero de 2009

Documentos Adicionales - Obligaciónes del operador cambiario

CADIVI. PROVIDENCIA, N°086/08 Mayo 20 art 9°. Los operadores cambiaros, para cada una de las solicitudes de autorización de divisas (AAD), deberá mantener en medios electrónicos o físicos,, según sea el caso, adicional a los requisitos exigidos en el articulo 5 de la presente providencia, los siguiente recaudos:
1. Copia de la constancia de transferencia electrónica o mensaje SWIFT donde se refleje la transferencia realizada de los pagos efectuados por concepto de remesas.
2. Copia de la carta instrucción emitida por el usuario.
3. copia de la prueba de pago a destino o el reintegro de las divisas, de ser el caso.
4. Documento probatorio que evidencie la compra de las divisas por parte del usuario y la comisión pagada al operador cambiario.
Recuerde, exigirle a su operador cambiario, copia del SWIFT, como comprobante de su transferencia y anexarlo al expediente de cierre y mantener los históricos por 5 años.

viernes, 23 de enero de 2009

Creación de la Gerencia General de Control Aduanero y Tributario del SENIAT

En la Providencia del SENIAT Número: 0011, de fecha: 21 Enero de 2009 cuya materia es la creación de la Gerencia General de Control Aduanero y Tributario del SENIAT publicada en :Gaceta Oficial N°: 39. 103 de Fecha de la Gaceta: 21/01/2009.
Se deroga la Providencia Administrativa SNAT/2008/0226 del 16 de mayo de 2008, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.933 del 19 de mayo de 2008, por la cual se dispone que la Intendencia Nacional de Tributos Internos, ejercerá el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias y la ejecución de los procedimientos administrativos de carácter tributario, así como la imposición de sanciones a que haya lugar; se derogan los Artículos 4 numeral 6 y 24 al 30 de la Providencia Administrativa SNAT/2005-0864 de fecha 23 de septiembre de 2005, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.333 de fecha 12 de diciembre de 2005.
La Gerencia General de Control Aduanero y Tributario está conformada por dos (2) Gerencias de línea: Gerencia de Control Aduanero y Gerencia de Control Tributario y dos (2) Unidades: La Unidad de Cobros y Recuperaciones y La Unidad de Gestión Administrativa. La Gerencia de Control Aduanero, está conformada por dos (2) Divisiones: División de Análisis de Riesgos y División de Control Posterior Aduanero. La Gerencia de Control Tributario está conformada por tres (3) Divisiones: División de Control Posterior Tributario, División de Gestión e Inteligencia Fiscal y División de Sumario Administrativo. La Gerencia General de Control Aduanero y Tributario, sin perjuicio de las competencias asignadas a otras unidades del Servicio.

miércoles, 21 de enero de 2009

CADIVI NO SOLICITA ACTUALIZACIÓN DE DATOS PERSONALES

La Comisión recomienda no suministrar ningún tipo de datos a terceras personas por supuesta inspección de rutina y actualización de información.La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) hace un llamado a sus usuarios y usuarias a no suministrar sus datos personales a terceras personas a través de ningún medio.De acuerdo a la información manejada actualmente circula en Internet un correo electrónico fraudulento en el cual, a nombre de la Comisión, se solicita número de la tarjeta de crédito, código de seguridad, fecha de vencimiento (mes y año) y nombre y apellido impresos en la tarjeta. En internet han sido detectados algunos links fraudulentos como el que se especifica en la siguiente dirección:http://cadivix. uuuq.com/index.php?sistemainspeccion 2009CADIVI=usuario#.El presidente de la Comisión, Manuel Barroso, informó que la institución “en ninguno de los casos ha solicitado actualizar los datos de las personas naturales por vía alguna. Únicamente la Comisión ha requerido los documentos físicos para el trámite de las solicitudes de autorización de adquisición de divisas o para la verificación del uso de las mismas, a través de los operadores cambiarios autorizados”.Barroso recordó que la Comisión utiliza los correos institucionales, los cuales están únicamente bajo el dominio cadivi.gob.ve, para brindar servicios directamente a los usuarios, únicamente a través del correo electrónico registrado por ellos en nuestro sistema”.La información oficial de la Institución está publicada en la página electrónica www.cadivi.gob.ve por lo que se recomienda a los usuarios y usuarias estar alertas ante la petición realizada a través de otros dominios de correos o páginas web para realizar una supuesta inspección de rutina y actualización de datos o cualquier otra actividad ilícita.En este sentido, el titular de CADIVI reiteró la importancia de no suministrar a fuentes no confiables información personal y confidencial que le sea solicitada.Además, para ingresar a la página electrónica de CADIVI, se sugiere que el usuario escriba en la barra de dominio www.cadivi.gob.ve y no utilizar enlaces provenientes de correos electrónicos o de otros sitios webs, lo que minimiza el riesgo de ingresar a páginas fraudulentas.Para reportar cualquier irregularidad, puede escribir a nuestro correo: denuncias@cadivi.gob.ve.Gerencia de Comunicación, Información y Relaciones Institucionales.

martes, 20 de enero de 2009

Renovación y Prorroga del Certificado de No Producción Nacional o Insuficiencia

Los Certificados de No Producción Nacional e Insuficiencia de Producción Nacional no contemplan la figura de la renovación ni la prórroga. Al respecto, una vez culminada la vigencia del certificado o veinte (20) días hábiles previos a su vencimiento, el interesado deberá realizar una (1) nueva solicitud a los fines que este Ministerio determine si las condiciones que generaron el pronunciamiento anterior se mantienen para cada uno de los bienes objeto de la investigación en función del comportamiento de la rama de producción nacional respectiva.

Cadivi aumenta restricciones.

El Nacional: "Nuevas medidas restrictivas en detrimento de los usuarios de divisas fueron publicadas en Gaceta Oficial, en resolución de Sudeban y de Cadivi, que se suman a la disminución del cupo para viajeros anunciada el 31 de diciembre del año pasado.
El Ministerio para la Economía y Finanzas informó que las instituciones financieras autorizadas para actuar como operadores cambiarios deberán limitar el retiro de adelanto de efectivo en moneda extranjera a un cuarto del monto total mensual de divisas por ese concepto autorizados por Cadivi en los países que hacen frontera terrestre con Venezuela.
Esto significa que los viajeros que vayan a Cúcuta, por ejemplo, sólo podrán retirar de los cajeros algo más de 60 dólares en efectivo semanalmente. Para poder retirar los 250 dólares mensuales que permite Cadivi, deberían permanecer al menos un mes en esa ciudad.
Por otra parte la resolución, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.100, de fecha 16 de enero de 2009, establece que los montos que el tarjetahabiente o un tercero provean al emisor de la tarjeta de crédito autorizada por Cadivi para consumos de bienes o servicios en el exterior, en exceso de la línea de crédito o crédito a corto plazo por aquel tarjetahabiente se entenderán como montos prepagados.
Esto quiere decir según lo explicó posteriormente el presidente de Cadivi, Manuel Barroso, que el mecanismo al que recurrían muchos usuarios -depositar a su tarjeta de crédito dinero para aumentar su límie de crédito y poder optar al consumo total de sus divisas, más allá del límite de su tarjeta- no va a poder realizarse y los bancos tienen treinta días para adecuarse a estas resoluciones.
Aseguró Barroso que tomaron esa determinación, pues se considera una modalidad "postpago" que contradice a la resolución mediante la cual se eliminó el mecanismo de las tarjetas prepagadas".

jueves, 15 de enero de 2009

Vigencia: Certificado de No Producción Nacional o Producción Insuficiente

Los certificados de No Producción Nacional e Insuficiencia de Producción Nacional, tienen una vigencia de seis (6) meses contados a partir de su fecha de emisión y por las cantidades especificadas en el mismo, razón por la cual se espera que, en promedio, cada usuario realice una (1) solicitud por semestre (no por embarque), agregando en el misma todos los productos que planifica importar en ese lapso de tiempo.
Diariamente, se publicara una nota sobre los certificados.

martes, 13 de enero de 2009

Prorroga para los regimes temporales?


Con la llegada del año nuevo, también llego la incertidumbre, si el Estado Venezolano prorrogara los régimenes temporales de adquisición de divisas, para las importaciones productivas y la flexibilización para el sector de alimentos, cuya vigencia ceso el 31 de Diciembre. Hasta la fecha de publicación de esta nota, las dudas continuan.

lunes, 5 de enero de 2009

Formato de Acta de consignación de Documentos. Forma 325-01

Los documentos que se consignan a CADIVI a través del operador cambiario, requiere ahora del llenado del formato de acta de consignación de documentos y debe ser el primero que se incorpore en la carpeta .

CADIVI PUBLICA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSIGNACIÓN DE DOCUMENTOS

El manual norma a partir del 1 de enero de 2009 la consignación de documentos para los fines en él especificados.La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) publicó el “Manual de normas y procedimientos para la consignación de documentos, a través del operador cambiario autorizado”, destinado a usuarios, usuarias y operadores cambiarios autorizados.El manual incluye normas generales y específicas para la consignación de documentos relacionados con la solicitud de registro de usuario en el sistema de administración de divisas, las providencias vigentes y de los recursos de reconsideración, así como las modificaciones al registro de usuario, ante la Comisión.Asimismo, ofrece en detalle cómo deben identificarse, organizarse y presentarse los recaudos exigidos, ante los operadores cambiarios autorizados. Cada expediente consignado debe contener sólo una solicitud, independientemente del trámite a realizar; se exceptúan los trámites establecidos en la providencia que regula las operaciones de exportación.Por su parte, los operadores cambiarios deben certificar que cada uno de los documentos consignados por el usuario es copia fiel del original, salvo aquel documento donde se exija la consignación del original.Sólo en casos de recurso de reconsideración los recaudos se consignarán ante la Unidad de Correspondencia de CADIVI, dentro del lapso previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, cumpliendo con las formalidades de los artículos 49 y 86 de la referida Ley.La Comisión exhorta a los usuarios, usuarias y operadores cambiarios autorizados a leer este manual, ya que norma en lo sucesivo la consignación de documentos ante CADIVI. Los interesados pueden obtenerlo en la sección “Instructivos”, en www.cadivi.gob.ve.Gerencia de Comunicación, Información y Relaciones Institucionales.

viernes, 2 de enero de 2009

2.500 Dòlares serà el Cupo de divisas destinadas al pago de consumo al exterior (Cupo para Viajeros)

La Comisión de Administración de Divisas CADIVI anunció a través de la Gaceta Oficial Nº 39.089 la reducción de divisas destinadas al pago de consumos en el exterior.
La medida de reducción de los cupos de divisas estará contemplado de la siguiente manera: 2500 dólares anuales o su equivalente en otras divisas para viajes, 400 dólares para Internet, 250 dólares para retiro de cajero, y 500 dólares en efectivo para viajeros o 400 euros una sola vez al año.
La resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2009.
Se conoce también que la Comisión de Administración de Divisas vislumbra la prohibición de operaciones con la tarjeta de crédito en las regiones cercanas a la frontera con Venezuela, entre ellas Cúcuta.
Asimismo, Cadivi no autorizará la asignación anual en divisas a aquellas tarjetas de crédito que no tengan como mínimo seis meses de expedida por una institución bancaria. Es decir, que aquel tarjetahabiente que se le haya entregado su tarjeta en el mes de diciembre de este año tendrá que esperar hasta junio de 2009 para iniciar los trámites.