viernes, 7 de septiembre de 2012

Bancos no podrán exigir un monto mínimo para abrir cuentas en divisas extranjera

En la Gaceta Oficial número 40.002 de 7 de septiembre que circula el día de hoy, fueron publicadas dos resoluciones del Banco Central de Venezuela (BCV) donde se establece la normativa que regirá las cuentas en moneda extranjera dentro del sistema financiero nacional.
La resolución Nº 12-09-01 los bancos universales, autorizados por el Banco Central de venezuela para abrir cuentas en divisas, no deben exigir a los clienes monto mínimo alguno para abrir las cuentas en moneda extranjera.



miércoles, 5 de septiembre de 2012

Cadivi oficializó requisitos y trámites para operaciones de exportación

La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) estableció los requisitos y trámites que los usuarios deben cumplir para registrar la exportación de bienes, servicios y tecnología así como, para demostrar la venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV), cuando la operación represente un ingreso de divisas al usuario.
Así lo expresa la providencia N° 111 del organismo publicada en la Gaceta Oficial N° 40.000 con fecha del 4 de septiembre de 2012, que circula este miércoles, la cual indica que la norma aplica para personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país que realicen operaciones de exportación.
La normativa señala que las personas sujetas a la aplicación de la providencia deben inscribirse por una sola vez en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD).
“Las personas jurídicas deberán inscribirse de conformidad con las normas establecidas en la providencia relativa al registro de usuarios y las personas naturales, deberán registrarse a través del portal electrónico de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi)”, destaca el documento oficial.
Especifica que los operadores cambiarios autorizados deberán remitir mensualmente a Cadivi, por medios físicos o electrónicos, la relación detallada de las venta de divisas producto de las operaciones de exportación.
Asimismo, agrega que esa relación debe indicar número y fecha del formulario de notificación de venta de divisas emitido por el BCV para las exportaciones, el número del Registro Único de Información Fiscal (RIF) y nombre o razón social del usuario y el número y monto en divisas de la factura comercial definitiva. (Correo del Orinoco)