lunes, 15 de diciembre de 2008

Aduana Santa Elena de Uairen.

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° SNAT-2008-0292
Decreto N° 5.851 de fecha 01-02-08 Gaceta Oficial N° 38.863 del 01/02/08
Gaceta Oficial N° 39.076 de fecha 9 de diciembre de 2008
Controles:
Articulo 1. La Aduana Principal Ecológica de Santa Elena de Uairén, ejercerá funciones de control en los siguientes puntos: a) Punto de Control Fronterizo del Aeropuerto Internacional de Santa Elena de Uairén (PCFAISEU) y b) Punto de Control Fronterizo de la Alcabala de San Ignacio de Yuruaní (PCFASIY), ambas pertenecientes al Municipio Gran Sabana.
Artículo 2. Las funciones de control que se ejercerán en los lugares antes mencionados, serán los siguientes:
1. Recepción y verificación de mercancías que van a ser nacionalizadas o exportadas;
2. Determinación del régimen jurídico aplicable a las mercancías a ser importadas o exportadas;
3. Verificación del régimen de equipaje de pasajeros que ingresan o salen del país y del Régimen de Puedo Libre;
4. Verificar el cumplimiento de la normativa ambiental en el intercambio de bienes producto del comercio internacional y la circulación de personas;
5. Controlar el paso de las mercancías desde o hacia la frontera;
6. Controlar los vehículos o medios de transporte que sean objeto de tráfico internacional o que conduzcan mercancías y bienes que van a ser nacionalizadas o exportadas;
7. Las demás que se le atribuyan.
Articulo 3. La Gerencia General de Administración y la Gerencia de Recursos Humanos, deberán tomar las previsiones necesarias en cuanto a presupuesto e incorporación de personal, a los fines de activar dichas áreas.

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