jueves, 29 de julio de 2010

BCV evalúa cambios para mejorar la operatividad del Sitme

El presidente del Banco Central de Venezuela, Nelson Merentes, explica que tras reunirse con empresarios prepara cambios para mejorar la operatividad del Sitme. "Todo modelo puede perfeccionarse y seguramente vamos a hacer modificaciones que atiendan las quejas, para atender a la economía real". Los empresarios han señalado que la oferta de divisas es baja y que el reglamento actual se traduce en que si reciben una pequeña cantidad en Cadivi quedan excluidos del Sitme. En el Sitme las empresas compran con bolívares bonos en divisas que luego revenden en el exterior para obtener dólares que complementan los que reciben al tipo de cambio oficial en Cadivi. Hasta ahora el sistema se ha alimentado con bonos provenientes de entidades financieras privadas pero los papeles se agotan y bancos de inversión mencionan insistentemente la proximidad de una emisión de títulos de Pdvsa o la República. A este respecto Nelson Merentes indica que "todo es posible" pero resalta que "agosto es un mes donde los mercados están durmiendo en el exterior". Si bien una emisión de bonos aumentaría la disponibilidad de papeles para mantener al Sitme en movimiento, el lado negativo es el incremento de la deuda de la República que aún no representa una carga importante pero crece velozmente. Entre el primer trimestre de 2004 y el primer trimestre de este año la deuda en dólares del país se duplicó y se ubica en 58 mil 199 millones, de acuerdo con cifras oficiales. Nelson Merentes indica que para ampliar la oferta el Sitme podrá transar todo tipo de bonos en dólares y no solamente títulos de la República. "Pronto se va a poder transar cualquier tipo de bono. Si tienes un bono de Brasil, por ejemplo, lo puedes transar por aquí". Los bancos privados tienen en su portafolio bonos argentinos, brasileños y letras del tesoro de Estados Unidos. Además indica que "casi 15% de lo que se transa en el Sitme viene de empresas, eso le da mayor sostenibilidad porque ahora son privados que están alimentando al Sitme no solo el sistema financiero".

martes, 27 de julio de 2010

Tribunal Contencioso Tributario ratifica comisos de 12 mil motocicletas

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), fortalece su labor jurídica en apego al estricto cumplimiento de la legislación venezolana en materia de aduana, al recibir sentencia favorable de parte del Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en el caso de comisos aplicados a unas 12 mil motocicletas, año 2009.
Se trata de dos recursos contenciosos de nulidad interpuestos por un contribuyente importador de motocicletas, en contra de dos actos administrativos de comiso emanados de la Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Cabello y de la Gerencia de Control Aduanero, por incumplimiento del Régimen Legal Nº 9 del Arancel de Aduanas.
La sentencia es el resultado de un trabajo legal estructurado, sustentado y ejecutado por el Área de Apoyo Jurídico de la Aduana Principal de Puerto Cabello. El fallo a favor del SENIAT avala los comisos aplicados a cerca de 12 mil motocicletas, de conformidad con el artículo 114 de la Ley Orgánica de Aduanas (LOA).
Este artículo dice textualmente: “cuando la operación aduanera tuviere por objeto mercancías sometidas a prohibición, reserva, suspensión, restricción arancelaria, registro sanitario, certificado de calidad o cualquier otro requisito, serán decomisadas. Se exigirá al contraventor el pago de los derechos, tasas y demás impuestos que se hubieren causado, si la autorización, permiso o documento correspondiente, de ser el caso, no fuesen presentados con la declaración”.
Licencia de importación
En 2008, el SENIAT a través de la Aduana Principal de Puerto Cabello y la Gerencia de Control Aduanero, ejerciendo funciones de control posterior, aplicó pena de comiso a la referida mercancía por incumplimiento en la presentación de la licencia de importación requerida para esta mercancía, administrada por el Ministerio del Poder Popular para la Industria Ligera y Comercio.
La acción apegada a la normativa legal vigente forma parte de la política implementada por el Servicio en todo el territorio nacional, para avanzar en la lucha contra los ilícitos aduaneros y reforzar el cumplimiento cabal de los requisitos exigidos para el ingreso de determinadas mercaderías.
Bajo la guía del Superintendente José David Cabello Rondón, el SENIAT Reimpulsa su compromiso de velar por la soberanía nacional y promover el desarrollo económico a través de la construcción de un Sistema Aduanero y Tributario Socialista.

Gaceta Oficial 39.469 del 21-07-2010 Operaciones Operadores Cambiarios Fronterizos

Resolución del Banco Central de Venezuela N° 10-07-02 de fecha 20 de julio de 2010, por la cual se dictan las Normas relativas a las Operaciones de los Operadores Cambiarios Fronterizos.

jueves, 22 de julio de 2010

Colapso de barcos en Puerto Cabello

Buques que esperan desde principios de mes ya generan el cobro de mora. A pesar de que se han agilizado los procesos de descarga de los barcos, dando prioridad a aquellos que traen materias primas para el sector alimentos, aún esperan 42 embarcaciones para atracar en muelle.
El arribo de nuevos buques a la bahía de Puerto Cabello agudiza la situación de congestionamiento en la bahía de Puerto Cabello. A pesar de que se han agilizado los procesos de descarga de los barcos, dando prioridad a aquellos que traen materias primas para el sector alimentos, aún esperan 42 embarcaciones para atracar en muelle, informó una fuente del sector. Hasta la tarde de ayer, había 17 buques graneleros cargados con azúcar (3), arroz (4), maíz blanco (2) y maíz amarillo (1), todos contratados por las importadoras del Estado. Otros siete corresponden a importaciones del sector privado. Las otras 25 embarcaciones traen mercancía seca, contenedores y productos químicos, entre otros. Hay barcos que están esperando desde el 5 de julio para atracar en el muelle. El tiempo estimado de descarga para un barco granelero, que en promedio trae unas 20 toneladas, es de entre 8 y 12 días. Si las embarcaciones tardan más del tiempo contratado, los importadores responsables de dicha carga deberán pagar a las navieras entre 10.000 y 20.000 dólares diarios, informaron fuentes del sector. En esta situación se encuentran unas 11 embarcaciones que arribaron a la bahía de Puerto Cabello a principio de este mes. En la última contingencia que se registró en el puerto carabobeño, hace dos años, derivó en intereses de mora por el orden de 16 millones de dólares. Los importadores consideran que la única solución para que cese el congestionamiento del puerto es que disminuya el número de barcos. "Las importaciones desprogramadas mantienen el puerto colapsado. Los importadores, públicos o privados deben tomar en cuenta esta situación para que no siga ocurriendo, pues no es la primera vez que pasa", apuntó la fuente. La logística Se conoció que las autoridades de la Bolivariana de Puertos (Bolipuertos) pidieron prioridad para descargar los barcos que traen alimentos contratados por el Gobierno. Sin embargo, los empresarios del sector privado solicitaron a las autoridades respetar la fecha de llegada de los buques. Como solución al congestionamiento, Bolipuertos está evaluando la posibilidad de habilitar nuevos muelles para que puedan atracar más buques graneleros diarios, pues actualmente solo hay cinco disponibles. Uno de los principales factores que han afectado la descarga de materias primas es la escasez de balanzas para pesar los camiones que transportan el producto. A esto se suman las fallas eléctricas en la región.
Angie Contreras C.EL UNIVERSAL

jueves, 15 de julio de 2010

Cadivi contratará a 100 inspectores para controlar ilícitos

La Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional llevará a la plenaria de este jueves dos créditos adicionales para el Ejecutivo Nacional, uno de ellos relacionado con gastos de personal y el funcionamiento de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).
El crédito adicional es por 62 millones 231 mil 139 bolívares, y se aprobará para el Ministerio de Planificación y Finanzas. Servirá para cubrir gastos de personal y funcionamiento de Cadivi.
"Es necesario fortalecer el funcionamiento de Cadivi, dada la función tan importante que desempeña para el desarrollo del país. Este dinero servirá para la adaptación de su plataforma tecnológica a fin de hacer un seguimiento más eficaz a la aprobación de divisas, así como ir minimizando los ilícitos cambiarios", explicó el presidente de esta instancia legislativa, diputado Ricardo Sanguino.
Estos recursos también se utilizarán para la contratación de 100 inspectores cambiarios que se encargarán del control posterior, una vez aprobadas las divisas y llegada la mercancía al país.
Sanguino informó que el otro crédito adicional es de 10 millones 728 mil 324 bolívares, y se suma al presupuesto de gastos vigentes del Ministerio para la Agricultura y Tierras, para la adquisición de acciones del central asucarero ubicado en El Tocuyo, estado Lara.
"La inversión no se destina directamente a la actividad productiva, sino de la adquisición de unas acciones que se encuentran en manos del sector privado, de productores de caña de azúcar. Esta acción busca idear un plan de trabajo que permita incrementar la producción a más de 2.400 toneladas de azúcar, en una primera instancia", destacó.



martes, 6 de julio de 2010

Importaciones Productivas: Gaceta Oficial Nº 39.457 aviso que corrige la normativa por error material

Publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.457 aviso que corrige la normativa por error material EN VIGENCIA RESOLUCIÓN 2.699 QUE DETERMINA LOS BIENESA IMPORTAR BAJO LA MODALIDAD DE IMPORTACIONES PRODUCTIVAS02/07/2010La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) informó que fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.457 de fecha 01 de julio de 2010, el aviso oficial mediante el cual se corrige por error material la Resolución Nº 2.699 dictada por el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.437 de fecha 02 de junio de 2010, mediante la cual se determinan los códigos arancelarios para las importaciones de bienes de capital, insumos y materias primas a través de la modalidad de Importaciones Productivas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por CADIVI y según el tipo de cambio correspondiente.La Resolución Nº 2.699 contiene los listados actualizados de los bienes autorizados para solicitar Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) bajo la modalidad de importaciones productivas, por cada tipo de cambio, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Cambiario Nº 14, publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.342, de fecha 8 de enero de 2010.La Resolución determina en su artículo 2 los bienes de capital, insumos y materias primas “que corresponden según la lista Nº 1 y Nº 2, al tipo de cambio de Dos Bolívares con Sesenta Céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América”. El artículo 3 contiene el listado de los bienes de capital, insumos y materias primas “que corresponden según la lista Nº 1 y Nº 2, al tipo de cambio de Cuatro Bolívares con Treinta Céntimos (Bs. 4,30) por dólar de los Estados Unidos de América.Para efectuar importaciones por esta modalidad, es necesario cumplir con le establecido en el Decreto Nº 6.168 de fecha 17 de junio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.958 del 23 de junio de 2008; y en la Providencia Nº 089 de CADIVI que regula los requisitos y el trámite para la autorización de adquisición de divisas destinadas a las importaciones productivas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.986 de fecha 04 de agosto de 2008.La presente normativa deroga a la Resolución Nº 2.665 publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.400 de fecha 09 de abril de 2010.Gerencia de Comunicación, Información y Relaciones Institucionales.

viernes, 2 de julio de 2010

En la nueva normativa se incorpora al SUCRE como modalidad de pago

La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) informó que fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, la Providencia Nº 104, en la cual se establecen los requisitos y el trámite para la Autorización de Adquisición de Divisas destinadas a las importaciones.Con esta Providencia se incorporan en un solo texto jurídico los lineamientos contenidos en la Providencia Nº 046, mediante la cual se establecen los requisitos, controles y trámite para la autorización de adquisición de divisas para fines del sector público; y en la Providencia Nº 098; que determina los requisitos, controles y trámite para la autorización de adquisición de divisas correspondientes a las importaciones.En la nueva Providencia se incorpora al Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos (SUCRE) como modalidad de pago. En el caso de las importaciones que se canalicen a través de este sistema, la Autorización de Adquisición de Divisas será emitida por la Comisión, siempre que se trate de un bien originario de cualesquiera de los Estados partes del tratado a través del cual se establece este mecanismo y en atención a la política comercial establecida por el Ejecutivo Nacional.La incorporación de estos lineamientos obedece a la creación del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos (Sucre), luego de la Resolución emitida por el Banco Central de Venezuela el 28 de enero de 2010, en la cual se establece el mecanismo para realizar las operaciones de importación y exportación, canalizadas a través del SUCRE; determinando que los importadores y exportadores deben estar inscritos en la Comisión de Administración de Divisas; y especifica además que es necesaria la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) para realizar las operaciones de importación a través del Sucre.Para ello, se trabajó de manera conjunta con la Coordinación General de la Comisión Venezolana para la Creación del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos (SUCRE); el Banco Central de Venezuela y otros entes gubernamentales.Esta normativa entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial y deroga a la Providencia Nº 098, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.252 de fecha 11 de agosto de 2009; y a la Providencia Nº 046, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.788, de fecha 02 de octubre de 2003.Gerencia de Comunicación, Información y Relaciones Institucionales.

jueves, 1 de julio de 2010

Cadivi publica procedimientos para importaciones con divisas oficiales Providencia 104

La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) publicó el manual de procedimientos para adquirir divisas destinadas a importación de productos. Los importadores que deseen realizar solicitud de dólares oficiales deberán inscribirse en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (Rusad) y realizar su solicitud, que será vigente por 180 días continuos a partir de la fecha de emisión.De acuerdo con la resolución publicada en Gaceta oficial 39.456 de fecha 30 de junio de 2010, los usuarios deberán consignar la planilla emitida por el sitio web de Cadivi al momento de la inscripción en el Rusad junto con la copia de la factura pro forma, un certificado de no producción nacional o producción insuficiente que justifique la importación, el documento de cesión de la mercancía ingresada y documentos adicionales adaptados a casos específicos como admisión temporal para el perfeccionamiento activo del bien a importar o autorización de la máxima autoridad del ente del sector público. Los bienes serán embarcados una vez presentada la autorización de adquisición de divisas. Una vez verificados los productos en aduana, se procederá a solicitar la autorización de liquidación de divisas para realizar el pago. Si se exportan bienes importados con dólares otorgados por Cadivi, se deberán reintegrar las divisas utilizadas para la primera transacción al Banco Central de Venezuela y entregar a Cadivi una carta que explique los motivos de la operación.Igualmente, si el usuario percibe alguna indemnización en divisas durante la transacción, deberá venderlas al BCV al cambio oficial en los cinco días hábiles posteriores a su recepción. Para las importaciones con pago a la vista, se emitirá una garantía para que la comisión liquide los dólares antes de la verificación de la mercancía en aduana. De sospechar incumplimiento de alguna de las cláusulas, Cadivi podrá "suspender preventivamente" el acceso del usuario al Rusad e iniciar procedimientos administrativos para determinar si existen o no irregularidades