lunes, 27 de julio de 2009

Autorizan a entes públicos a mantener fondos en divisas

AN reitera que se tomarán medidas para agilizar entrega de dólares
El Banco Central de Venezuela permitirá que los entes del sector público puedan mantener fondos en divisas. En una resolución publicada en la Gaceta No. 39.225 se indica que los entes para tener las cuentas externas deberán requerir de la autorización del directorio del BCV. De acuerdo a lo previsto en las normas cambiarias, la República y Pdvsa eran las que podían mantener fondos en divisas, pero con este último ajuste se autoriza a más entes. La constitución de los fondos las pueden hacer: institutos autónomos, empresas estatales, empresas mixtas, gobernaciones y alcaldías. Los entes tienen que enviar al Ministerio de Economía y Finanzas y al BCV información detallada de los fondos. Según la norma, aquellos institutos que tengan fondos en divisas sin la aprobación del Banco tendrán que vender los dólares al ente emisor. Afinan medidas: Por otra parte, el presidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea, Ricardo Sanguino, indicó que el Ejecutivo y el BCV están buscando las vías para agilizar la entrega de divisas y en ese marco reiteró que se acelerarán aquellas solicitudes por montos que están entre 300.000 y 500.000 dólares. Luego comentó que el organismo administrador de las divisas está actualizando el sistema de tecnología con el objeto de que al momento en que se presenten las peticiones ante los bancos, el BCV y Cadivi tengan la información en tiempo real. MAH

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