martes, 18 de mayo de 2010

En Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.975 se publica la entrada en vigencia de la Ley de Ilícitos Cambiarios

La Asamblea Nacional publicó en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.975 de fecha 17 de mayo de 2010 la Reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios, que mediante la cual el Ejecutivo aspira regular el mercado permuta.
La nueva herramienta legal otorga al Ministerio de Finanzas la supervisión, a través de la Dirección General de Inspección y Fiscalización y la Comisión Nacional de Valores, de las operaciones realizadas con títulos valores.
Da competencia exclusiva al Banco Central de Venezuela la venta y compra de divisas por cualquier monto.
Ahora el ente emisor decidirá las instituciones financieras que participarán en el mercado. La actividad de las casas de bolsa sólo serán permitidas a través de un corro cerrado. Quien contravenga esta normativa está cometiendo un ilícito cambiario y será sancionado con multa del doble del monto de la operación o su equivalente en bolívares.
Los organismos públicos o privados, están obligados a prestar colaboración a la administración de justicia en el procesamiento de los casos que se deriven de la aplicación de la presente Ley.

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