jueves, 13 de mayo de 2010

Sancionada Ley de Ilícitos Cambiarios

Quedó aprobada en segunda discusión la reforma de Ley contra Ilícitos Cambiarios, con el voto salvado de las fracciones de Podemos y el Frente Humanista por no solución a problemas del país. La ley cuyo artículo 16 fue modificado, además de los consabidos 2 y 9, señala que los organismos públicos o privados, están obligados a prestar colaboración a la administración de justicia en el procesamiento de los casos que se deriven de la aplicación de la ley. El Banco Central de Venezuela (BCV), el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban), la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX), la Superintendencia de Seguros (Sudeseg), el Servicio Nacional de Contratistas, la Comisión Nacional de Valores (CNV), el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), el Servicio Administrativo Identificación Migración y Extranjería (Saime), la autoridad administrativa sancionatoria en materia cambiaria (Dirección General de Inspección y Fiscalización) y la autoridad administrativa en materia cambiaria (Cadivi), serán auxiliares de la administración de justicia a los fines previstos en esta Ley.

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