martes, 27 de enero de 2009

Documentos Adicionales - Obligaciónes del operador cambiario

CADIVI. PROVIDENCIA, N°086/08 Mayo 20 art 9°. Los operadores cambiaros, para cada una de las solicitudes de autorización de divisas (AAD), deberá mantener en medios electrónicos o físicos,, según sea el caso, adicional a los requisitos exigidos en el articulo 5 de la presente providencia, los siguiente recaudos:
1. Copia de la constancia de transferencia electrónica o mensaje SWIFT donde se refleje la transferencia realizada de los pagos efectuados por concepto de remesas.
2. Copia de la carta instrucción emitida por el usuario.
3. copia de la prueba de pago a destino o el reintegro de las divisas, de ser el caso.
4. Documento probatorio que evidencie la compra de las divisas por parte del usuario y la comisión pagada al operador cambiario.
Recuerde, exigirle a su operador cambiario, copia del SWIFT, como comprobante de su transferencia y anexarlo al expediente de cierre y mantener los históricos por 5 años.

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