jueves, 28 de mayo de 2009

G.O. 39.187 : Gaceta Oficial que afecta las importaciones productivas sobre las mercancías que gozaran de este régimen especial.

La Comisión de Administración de Divisas, CADIVI, informó que fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.187, de fecha 27 de mayo de 2009, la nueva Resolución Nº 2314 de esta misma fecha, dictada por el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, la cual contiene los listados actualizados de los bienes autorizados en el marco de la modalidad de Importaciones Productivas.La Resolución Nº 2314 establece que las importaciones de bienes de capital, insumos y materias primas realizadas por las empresas que conforman los sectores productivos y transformadores del país, hasta un monto máximo de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 50.000) o su equivalente en otras divisas, gozarán de la agilización en el trámite para la obtención de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) y de la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD), previo cumplimiento de los requisitos establecidos por CADIVI.Esta Resolución está sujeta a la aplicación del Decreto Nº 6.168 de fecha 17 de junio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.958 del 23 de junio de 2008 y deroga la Resolución Nº 2.124, de fecha 19 de agosto de 2008, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 39.009 de fecha 4 de septiembre de 2008.Cabe destacar que la modalidad de Importaciones Productivas anunciada en el mes de junio de 2008 por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Comandante Hugo Chávez, como parte de la nueva etapa del fortalecimiento institucional de CADIVI y de la política cambiaria, fue puesta en vigencia el 6 de agosto de 2008 con el fin de impulsar el aparato productivo nacional y generar mejoras en los procesos de producción, brindando especial apoyo a las pequeñas y medianas empresas que trabajan en el fortalecimiento de la producción nacional.Para efectuar importaciones de esta naturaleza, es necesario cumplir con los requisitos exigidos en el Decreto Nº 6.168, que los rubros correspondan a bienes de capital, insumos y materias primas contemplados en la nueva resolución y que cumplan con los criterios que al efecto establezca la Comisión

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